Encontrar un trabajo decente hoy en día es muy complicado, pero no tanto como mantenerlo. Con las facilidades para despedir de los empresarios, no es de extrañar que a menudo temamos perder nuestro puesto de trabajo, especialmente cuando nos hacemos daño y el doctor nos dice que no podemos trabajar durante un tiempo. Afortunadamente, existen leyes que regulan cuándo es nulo o improcedente un despido durante la baja médica. Si quieres saberlo todo al respecto, ¡sigue leyendo!
La legislación del mundo laboral es muy extensa y puede darnos más de un dolor de cabeza, especialmente si no la controlamos y nuestro jefe quiere despedirnos por un motivo tan común últimamente como es la baja médica. Por ello, ABA Abogadas nos ayuda a explicarte qué es un despido nulo o improcedente.
Según la RAE, algo nulo “no tiene valor, fuerza o efecto por no estar hecho de acuerdo con las leyes”. Para saber entonces cuándo puede darse este caso, hay que acudir directamente a la ley.
Antes de 1994 el despido durante la suspensión del contrato de trabajo se calificaba como nulo en caso de no resultar procedente. Es decir, en caso de despedir sin un motivo de peso, se calificaría como nulo. No obstante, en 1994 el Estatuto de los Trabajadores se modificó y se suprimió esta causa de nulidad.
Además, en 2001 hubo una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el cual se declaró lo siguiente:
La enfermedad, en el sentido genérico que aquí se tiene en cuenta desde una perspectiva estrictamente funcional de incapacidad para el trabajo, que hace que el mantenimiento del contrato de trabajo del actor no se considere rentable por la empresa, no es un factor discriminatorio en el sentido estricto que este término tiene en el inciso final del artículo 14 de la Constitución Española, aunque pudiera serlo en otras circunstancias en las que resulte apreciable el elemento de segregación.
Dicho con otras palabras: tu jefe puede despedirte si tienes una baja por incapacidad permanente que te impida realizar correctamente tu trabajo.
Entonces, ¿eso quiere decir que ningún despido por baja médica puede ser anulado? En absoluto. Todo depende de cuál sea la incapacidad que poseas. En concreto, el despido por incapacidad temporal, como puede ser una operación o un accidente laboral que no impida que puedas realizar tu puesto de trabajo más adelante, es nulo al ser catalogado como discriminación por razones de discapacidad.
En conclusión, el despido es nulo o improcedente cuando la discapacidad te impide realizar las tareas de tu puesto de trabajo de forma temporal y no duradera. No obstante, es importante ver el caso concreto para anticiparnos y suponer cuál puede ser la sentencia.
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