Declaración Renta 2014: Cómo pedir la cita previa y el borrador

Declaración de la Renta 2014
Como solicitar cita previa y el borrador de la Declaración de la Renta 2014. Te contamos todo lo que debes hacer para poder hacer tu Declaración de Impuestos tanto presencial, como por Internet o por teléfono.
El pasado 5 de mayo hasta el 30 de junio, se abrió el plazo para poder solicitar cita previa en cualquier Administración de Hacienda para hacer la Declaración de la Renta, un requisito fundamental si no utilizas el programa PADRE o tienes un asesor personal.
 
Existen tres posibilidades a la hora de pedir tu cita si tienes rentas del trabajo inferiores a 65.000 euros, y en el caso de rendimientos de capital mobiliario menores, inferiores de 15.000 euros; bien por teléfono, llamando de lunes a viernes al 901 22 33 44 o al 901 12 12 24 las 24 horas del día, de forma presencial en una de las oficinas, o a través de Internet en la página web www.agencia tributaria.es
 
Por otra parte, si quieres solicitar tu borrador para consultarlo, revisarlo, etc., tendrás que cumplir los siguientes requisitos:
 
Si has obtenido rentas de estos tipos:

  • Rentas del trabajo, incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.
  • Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
  • Rentas del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, la renta básica de emancipación así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y demás subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles.
  • Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o participes.

Además de haber sido titular, como máximo, de dos inmuebles de uso propio, aunque hayan estado desocupados, distintos de la vivienda habitual y del suelo no edificado.
 
El borrador también se podrá solicitar en la página web de la Agencia Tributaria, aportando tu Número de Identificación Fiscal (NIF) y la casilla 620 de la Declaración del pasado año o con certificado digital o DNI electrónico, en el teléfono 901 200 345 o personalmente en las oficinas.
 
Esperamos que puedas haberte sido de ayuda con esta información, y recuerda que tienes de plazo hasta el 30 de junio para dejar terminada tu Declaración.

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